El Gas licuado se postula como sustituto del gasoil | | Entre las conclusiones del 23º Congreso Mundial del Gas Licuado, clausurado en Madrid recientemente, se ha adelantado que la intención de los productores es alcanzar un 10 por ciento en el reparto entre todos los carburantes destinados al transporte. El autogás, que así se denomina al gas destinado al transporte terrestre, ya lo emplean 14 millones de vehículos en el mundo, la mitad de ellos en Europa. | Según la Asociación de Operadores de Gas Licuado del Petróloeo, AOGLP, los organizadores del evento, llegar a esta proporción en el uso del Autogás podría evitar la emisión de 314 millones de tonaldas de CO2 anualmente, así como 11.000 toneladas de partículas contaminantes. El gas licuado para automoción es, según los organizadores, un carburante disponible, sin complicaciones en su elaboración y uso para vehículos y que se caracteríza por una reducción drástica en las emisiones contaminantes. Los vehículos que los emplean, principalmente en las ciudades, para el transporte de pasajeros o para la distribución capilar, están creciendo rápidamente y en Francia, por ejemplo, AOGLP asegura que la flota crece a un ritmo de 25.000 vehículos por trimestre. Fuente: Transporte Mundial | | Más tiempo para las devolución del impuesto sobre hidrocarburos
El Ministerio de Hacienda ha modificado el procedimiento, ampliando el plazo, para la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos a los profesionales del transporte. A partir de ahora, la devolución de parte de los impuestos sobre los combustibles, el denominado gasóleo profesional, se podrá conseguir tras la presentación de una declaración anual de los consumos, como se venía haciendo hasta ahora, pero dentro de los tres meses siguientes al año justificado. De esta forma se elimina la obligación de presentar la declaración anual en los 20 primeros días de enero del mes siguiente. Este plazo tan breve impedía a muchos profesionales llegar a tiempo para su presentación ya que también se debe presentar en ese tiempo otras obligaciones como las declaraciones trimestrales y anuales del IRPF, el IVA o el Impuesto de Sociedades. Fuente: http://www.transportemundial.es / | | | | Plazos descarga tacógrafo digital
Los plazos máximos de descarga de datos del tacógrafo digital y de la tarjeta de conductor, fueron hechos públicos por medio del Reglamento Europeo 581/2010 el pasado mes de julio y entraron en vigor el 1 de octubre. Algunas consultas llegadas a nuestra redacción, hacen conveniente que se recuerden estos plazos que son obligatorios y comunesn en toda la UE.
· No superior a 90 días para los tacógrafos digitales y. · No superiores a 28 días para las tarjetas de conductor. Fuente: http://www.transportemundial.es | | |
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